Los “Cánticos” de Juan Cruz:
Florilegios a la ley mordaza, la monarquía y el régimen del 78
Nuestro titulo no remite al gran místico y poeta castellano, que por unos meses dio honradamente con sus huesos en la cárcel, sino al homónimo escritor canario, ex director de Comunicación de la Editorial Grupo Santillana y ejecutivo del grupo PRISA.
En un relamido artículo publicado el 14 de diciembre en el diario El País, Juan Cruz emborrachando de citas hasta lo inverosímil (5 autores en 20 líneas) para intentar ennoblecer su tosca tesis condenatoria de la quema–rotura de fotos del monarca por militantes de las CUP.
Identificando símbolo y realidad, Cruz iguala lo diferente por naturaleza como medio de agigantar, distorsionar, pintar al enemigo con colores feroces. Y así mezcla fotos con guillotinas o quema de libros con cámaras de gas (el más confuso modo de huir de los hechos concretos); una estratagema que cínicamente no emplea él ni “los suyos” cuando defienden la libertad de expresión sin recortes ante casos sonados como las desafortunadas caricaturas del Profeta en Charlie Hebdo y tantos otros.
Dos pesos y dos medidas en un todo vale cuando “tocan lo nuestro”. Esa vocación tramposa incluso le inclinó en su artículo a mal usar un icono de la izquierda como Pablo Neruda en aval del presunto caos que anuncia…el pobre Don Pablo no daría pábulo al uso torticero de versos como:
con su largo trabajo de mareas
tantas cosas inútiles
que nadie rompe
pero se rompieron.
Pero en fin, a lo que íbamos.
La derogación de la ley 4/2015 de 30 de marzo está estancada a pesar del requerimiento al respecto de una mayoría del legislativo. ¿Dónde estás Montesquieu?, pero eso no alarma a los voceros del régimen del 78.
La Ley de seguridad ciudadana, o para los detractores entre los que nos contamos, “la Ley Mordaza”, entró vigor el 1 de julio de 2015 y desde entonces se nos vende como indispensable para preservar nuestros derechos y libertades de los que, sin ella, “su disfrute no sería ni real ni efectivo”.
En aquel entonces la asociación judicial Jueces por la Democracia en un comunicado denunció que esa nueva norma “ no está justificada por motivos de necesidad social», porque, recordaban, España se encuentra «en los niveles más bajos de delincuencia en el ámbito europeo» y sin embargo tiene «los porcentajes más elevados de población reclusa por habitante». En la nota, terminaban calificando la ley de «innecesaria, contraria a las libertades y plagada de errores técnicos». Además en relación al endurecimiento de penas para las protestas sociales, la asociación aseguraba que «lesiona las libertades» y va contra los principios «de una sociedad plural, democrática y respetuosa con las distintas formas de pensar».
Los jueces mismos creen que el Gobierno se guía por «criterios de oportunidad vinculados al populismo punitivo», con el fin de «actuar sobre los mecanismos emocionales» de la población; es decir, con fines electorales a la par que disuasorios.
Es sabido que, a grandes rasgos, la Ley mordaza supone un endurecimiento del código penal para los delitos a pie de calle y en Internet, favorece el desarrollo de nuevas codificaciones como delitos en la frontera de la libertad de expresión y el activismo social y dota de nuevos recursos jurídicos y policiales en el ámbito de la lucha contra el “terrorismo yihadista” (ese útil cajón de sastre en que se apoya el despotismo).
Desde julio de 2015, por poner algunos ejemplos, cosas como grabar actuaciones policiales pueden ser penadas con hasta 30.000 euros si el juez considera que se pone en peligro la integridad de algún agente; o reunirse sin permiso del gobierno o manifestarte en infraestructuras de servicios públicos puede conllevar una sanción de hasta 600.000. O también, multas de hasta 30.000 euros por unas indefinidas “ofensas o ultrajes a España, a las comunidades autónomas y entidades locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, efectuadas por cualquier medio, cuando no sean constitutivos de delito”.
En cualquier caso, la palabra de los agentes implicados en las denuncias siempre prevalecerá a la hora de establecer las sanciones por una jerarquización en la presunción de veracidad (dos pesos /dos medidas…no haya dudas).
Además de las críticas prácticamente unánimes de todo los estamentos jurídicos y judiciales, el mismo Relator Especial del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas expresó preocupación por la infracción relativa al uso y distribución de imágenes de policía sin autorización» porque «puede conllevar y fomentar la impunidad de la policía y el abuso de poder ante las irregularidades de los agentes».
De hecho, en España se ha abierto un amplio margen de discrecionalidad a la hora de aplicar la ley, y esta situación ha conducido sin duda a interpretaciones arbitrarias e imprevisibles para la ciudadanía. En poco más de un año de aplicación decenas de miles de sanciones.
Un camionero de Málaga fue multado a los pocos días de ponerse en marcha la ley, con hasta 300 euros por llamar «colega» a un Guardia Civil en presencia de otros peatones. El propio Guardia Civil, en su denuncia, ahondó en «la trascendencia del perjuicio para la prevención, mantenimiento o restablecimiento de la seguridad ciudadana'».
El sindicato Confederación General de Trabajadores (CGT) de Castellón, una localidad de la costa este de España, denunció a finales de julio de 2015 que su secretario general, Joan Piñana, que organizó una manifestación contra la Ley de Seguridad Ciudadana el 30 de junio, un día antes de que entrara en vigor, había recibido una sanción fechada el 23 de julio en la que la Unidad de Infracciones Administrativas explicaba la multa que podría elevarse hasta los 300 euros por «comenzar una manifestación cuando sólo había solicitado autorización para una concentración».
El caso de los titiriteros de Madrid, el de la periodista Esther Yáñez y ejemplos por cientos, demuestran como una ley que es innecesaria solo puede dar lugar a despropósitos y situaciones absurdas.
Para mayor abundamiento, en España las medidas represivas incorporadas con la llamada Ley Mordaza y otras reformas regresivas del Código Penal, se insertan en un sistema penal históricamente caracterizado por su notable “dureza”: olvidándonos por un momento de la terrible inercia de la Santa Inquisición, vamos desde la herencia de la legislación de las cuatros décadas franquistas, en gran parte mantenida en vigor en la parcial transición democrática (donde el ordenamiento constitucional del 78 mantiene carácter represivo en los temas monarquía, unidad de España, y ejército “garante último del orden constitucional» (¿u orden a secas?) y así hasta la legislación “especial” antiterrorista de los años 80 y 90.
En este sentido, las fotos del rey, los movimientos de ayer en Euskadi y en el presente con el soberanismo catalán son respondidos con coacciones jurídico-políticas, la propia detención de Otegui y sus 6 años de cárcel o la delirante actuación para “perturbar”, “impedir” y “sabotear” el proceso de inutilización de los arsenales de ETA, tal como ocurrió hace pocas semanas en Luhuso (pequeña localidad situada en el País Vasco francés), donde fueron detenidos cinco activistas sociales favorables al proceso de paz…derivan de una aplicación prusiana de la constitución del 78.
La dimensión internacional de la escalada represiva
A pesar de esta tendencial continuidad, estamos simultáneamente asistiendo a un auténtico «salto cualitativo» en el ámbito represivo global. A la luz de la aprobación y aplicación de la Ley Mordaza esta «remodelación» del ordenamiento penal se conecta también con las tendencias de contexto internacional caracterizado por dos décadas de renovada agresividad imperialista y por la serie de guerras «preventivas» desencadenadas por EE.UU. y sus aliados, así como por el entrelazamiento de producciones normativas supra nacionales relativas a la construcción de la Europa “fortaleza” y con la precipitación de la crisis de 2008 operantes como herramienta despiadada para el control autoritario de la protesta y organización social frente a dicha crisis.
Una novedad a resaltar de estas aberraciones legales es la preocupante intención de obstaculizar toda forma de solidaridad internacional (no “homologable”), dado que, por ejemplo, vienen definidas, al nivel europeo, como asociaciones con finalidad terrorista o “radicales” las fuerzas políticas, los movimientos y los grupos más o menos organizados que luchan por la liberación de sus países o la independencia nacional o contra las fuerzas militares extranjeras de ocupación. Se crean específicos “listados” al margen de cualquier garantía judicial. O, también, se diaboliza criminaliza el rescate en mar o en las costas de migrantes y refugiados (acto de máxima humanidad) transformado de manera perversa, en un delito de “tráfico de personas” o de complicidad con la entrada ilegal a un país, como reflejan varios informes confidenciales de la Agencia Europea de Guardia de Fronteras y Costas (Frontex).
El fantasma del miedo parece recorrer hoy Europa y todo el mundo con anterioridad definido como “desarrollado”, y no tiene que ver sólo con los atentados en Estados Unidos del 11 de septiembre de 2002, o con los sucesivas matanzas de Madrid, Londres, Boston, Bruselas, París, Niza y ahora Berlín, o en las megalópolis asiáticas, o con las inmensas periferias donde intenta vivir la población inmigrantes, sino que incluso en las zonas más opulentas y protegidas, la represión y la “guerra” contra las causas presuntas de la inseguridad, parecen ser la prioridad de las agendas gubernamentales, el leitmotiv de las campañas de los medios de comunicación y el centro de oscuros sentimientos ciudadanos.
Como sostiene muy bien Itziar Ruiz Jiménez, se está produciendo una contraofensiva involucionista por parte de la élite político-económica que, ante un ciclo enorme de movilizaciones en todo el mundo, responde manteniendo la idea neoliberal de que lo que los Estados nos tienen que garantizar y ampliar a las ciudadanías ya no son derechos humanos, ya no son derechos civiles y políticos, ya no son derechos económicos y sociales; sino solo Seguridad.
Claro que, en las ciencias sociales, las percepciones y definiciones públicas son conceptos como los demás o, tal vez, más importantes que los demás. Los medios de (in) comunicación y entretenimiento siguen intentando de forma entusiasta presentarnos la criminalidad como emergencia y alarma social permanente (incluidos el “terrorismo internacional” o la invasión de migrantes). Aunque a las mismas encuestas oficiales no le quede más remedio que reflejar que la preocupación por la seguridad (y por los fenómenos sociales correlativos, en primer lugar la inmigración) está más bien ligada al paro, a la desigualdad creciente, a la corrupción de los propios líderes y a la falta de perspectivas laborales y de vida digna de los ciudadanxs.
Así que la impostura parece no colar, también por que afortunadamente, la ola de indignación en España ha sido –con mejor o peor fortuna- vehiculada políticamente por organizaciones políticas de oposición democrática, progresistas, incluyentes y no reaccionarias y xenófobas.
…
De modo que para “Cánticos”, nos quedamos con los de Juan de la Cruz y su actividad solidaria con los más pobres en el Hospital de las Bubas.
Desde Tierras Comuneras,
Acacio Puig
Marco Rizzardini
militantes internacionalistas