..llega por ejemplo de Colombia. Por ejemplo del Cerrejón.. y deja.. una enorme PISADA ambiental.. Otro INFORME más lo re-ratifica..
«Uno de los mayores flagelos que azota al Departamento de la Guajira es la mortalidad infantil. En 2015 esta cifra se ubicó en 32.914, en la actualidad se reconoce la muerte de más de 5.000 niños y niñas Wayúu, mientras que otros 40.000 se encuentran en avanzado estado de desnutrición.» «la Comisión Interamericana de derechos Humanos -CIDH15 ordenó medidas cautelares en atención a la crisis humanitaria por la escasez de agua al igual que la Corte Constitucional en sentencia T-302 que declara el Estado de cosas inconstitucional en La Guajira..» Visita asturiana: https://pachakuti.org/spip.php?article817 https://pachakuti.org/spip.php?article819 https://pachakuti.org/spip.php?article820 ¿financiar la guerra? http://www.resumenlatinoamericano.org/2015/06/24/el-extractivismo-es-el-primer-frente-de-guerra-contra-la-paz-en-colombia/ 10 verdades sobre Carbones del Cerrejón ¿Minería responsable? Martes 9 de julio de 2019, por Colectivo de Abogados «José Alvear Restrepo» La mega mina trasnacional Carbones del Cerrejón se presenta a sí misma como un ejemplo de la responsabilidad social y ambiental, sin embargo, basta con responder a estas preguntas para contrastar ese discurso. Derecho a un ambiente sano | Destrucción ambiental | Despojo de tierras | Concentración de la riqueza | Guajira | Abusos de las transnacionales | 1. ¿Cerrejón hace minería responsable? Carbones del Cerrejón ha sido condenada en más de siete oportunidades por tribunales judiciales1, así como sancionada por instituciones de control en varias oportunidades. La transnacional fue respon- sabilizada cuatro veces como empresa contamina- dora del agua, cinco veces por degradar gravemen- te el ambiente, cuatro más por las afectaciones que su actividad causa en la salud de las poblaciones aledañas en especial de los niños y niñas, dos veces por haber despojado comunidades vulnerables in- debidamente, y por lo menos otras cuatro donde se estableció que omitió deliberadamente la realización del derecho fundamental a la Consulta Previa. Ver y descargar completa: