
Relator de la ONU para los pueblos indígenas.

“El discurso de odio es un delito, no un comentario”. Experto de la ONU condena publicación dirigida contra pueblos indígenas».

«Como Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas, expreso mi enérgica condena y profunda indignación por una publicación en X que aclama actos genocidas e incita a la violencia contra los pueblos indígenas. El 6 de julio de 2025, Ann Coulter, una conocida comentarista de medios estadounidenses, publicó en su cuenta X: “No matamos a suficientes indígenas”.
Aunque la publicación ha sido eliminada, su contenido constituye un claro acto de discurso de odio e incitación a la violencia contra hombres, mujeres, niños y niñas indígenas. Estos actos son internacionalmente reprensibles y constituyen delitos según la mayoría de las legislaciones nacionales.
La historia de los pueblos indígenas está marcada por la violencia. En ciertos países y contextos, esto ha constituido un acto de genocidio y asesinato masivo contra los pueblos indígenas, que muchos gobiernos e instituciones han reconocido formalmente y por el que se han disculpado. El discurso de odio facilita estas prácticas al deshumanizar a los pueblos indígenas e incitar a la discriminación y la violencia.
Este no fue un comentario sarcástico ni una broma que deba descartarse. Refleja un preocupante aumento del sentimiento antiindígena, especialmente en las redes sociales, que he observado en numerosos países desde que asumí mi mandato en enero de 2025.

La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2007 para remediar las injusticias históricas sufridas por los pueblos indígenas. Afirma que:
…todas las doctrinas, políticas y prácticas basadas en la superioridad de pueblos o individuos, o que la promuevan, por motivos de origen nacional o de diferencias raciales, religiosas, étnicas o culturales son racistas, científicamente falsas, jurídicamente inválidas, moralmente condenables y socialmente injustas.

Más específicamente, la Declaración establece que:
1. Las personas indígenas tienen derecho a la vida, a la integridad física y mental, a la libertad y a la seguridad personales.
2. Los pueblos indígenas tienen el derecho colectivo a vivir en libertad, paz y seguridad como pueblos distintos y no serán sometidos a ningún acto de genocidio ni a ningún otro acto de violencia, incluido el traslado forzoso de niños del grupo a otro grupo.
3. Los Estados establecerán mecanismos eficaces para la prevención y reparación de cualquier forma de propaganda destinada a promover o incitar a la discriminación racial o étnica dirigida contra ellos.


En este contexto, comparto las preocupaciones de las organizaciones de pueblos indígenas de todo el mundo y hago un llamamiento a la comunidad internacional para que se una a mí en la condena de esta aberrante declaración y de la tendencia general de discurso de odio, incitación a la violencia y discriminación contra los pueblos indígenas que refleja esta publicación. Exhorto específicamente a los Estados a que cumplan con sus obligaciones en virtud de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y otros instrumentos internacionales pertinentes para:
- Establecer mecanismos eficaces para la prevención y la reparación de cualquier forma de propaganda destinada a promover o incitar a la discriminación racial o étnica contra los pueblos indígenas (DNUDPI, artículo 8.2).
- Adoptar medidas eficaces para combatir los prejuicios y eliminar la discriminación, así como para promover la tolerancia, la comprensión y las buenas relaciones entre los pueblos indígenas y todos los demás sectores de la sociedad (DNUDPI, artículo 15.2).
La dignidad, los derechos y la seguridad de los pueblos indígenas deben respetarse sin excepción. Las palabras importan, al igual que la rendición de cuentas.»
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