Los Pueblos y Naciones Indígenas representando las 7 regiones geopolíticas globales, incluyendo representantes de los caucus de mujeres y jóvenes, se han reunido en los territorios y tierras tradicionales de los pueblos Sami de Noruega en Alta con el fin de intercambiar puntos de vista y propuestas y elaborar recomendaciones colectivas acerca de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General que se conocerá como la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas, la cual se celebrará en Nueva York del 22 al 23 de septiembre de 2014. Este documento expone sus recomendaciones.
Por siglos, nosotros los Pueblos y Naciones Indígenas hemos enfrentado y seguimos enfrentando los efectos de la colonización de nuestras tierras, territorios y recursos.
Esto ha dado lugar a patrones de dominación, explotación y subyugación de nuestros Pueblos y Naciones; patrones que vienen de los reclamos de descubrimiento y conquista, bulas papales, cartas reales y otras doctrinas erróneas.
Estos reclamos se han manifestado en las estrategias, políticas e acciones de colonización que se han diseñado para destruir a las Naciones Indígenas y, de ese modo, han dado lugar a la continua usurpación de las tierras y territorios y recursos de los Pueblos Indígenas; a la enorme destrucción de las instituciones políticas y jurídicas de los Pueblos Indígenas; a las prácticas discriminatorias de las fuerzas colonizadoras con el objetivo de destruir las culturas de los Pueblos Indígenas; a la falta de honrar los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos con las Naciones Indígenas; al genocidio, los crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y la militarización de los Pueblos Indígenas y sus tierras; a la corporatización y mercantilización de los Pueblos Indígenas;
y a la imposición de modelos de “desarrollo” que están destruyendo las capacidades de la Madre Tierra de darnos vida y produciendo una serie de impactos perjudiciales entre los cuales el cambio climático podría ser el más destructivo.
La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas se opone a todas las doctrinas, políticas y prácticas que defienden o utilizan como base la superioridad de determinados pueblos o personas por motivos de origen nacional o diferencias raciales, religiosas, étnicas o culturales y establece además que tales políticas y prácticas son racistas, científicamente falsas, jurídicamente inválidas, moralmente condenables y socialmente injustas.
Reafirmamos que los Pueblos Indígenas somos iguales a todos los otros pueblos, al mismo tiempo que reconocemos el derecho de todos los pueblos a ser diferente, a considerarse diferente y a ser respetado como tal.
En el ejercicio de nuestros derechos, los pueblos indígenas deberemos estar libres de cualquier tipo de discriminación, en especial la discriminación basada en nuestro origen e identidad indígena; y para las mujeres indígenas, el derecho a estar libres de la discriminación de género.
Los miembros de las Naciones Unidas deben mantener sus obligaciones solemnes bajo la Carta de las Naciones Unidas para desarrollar las relaciones de amistad entre las naciones, basadas en el respeto al principio de igualdad de derechos y de libre determinación de los pueblos, para lograr la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y para promover y alentar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, y en particular en el contexto cultural específico de los Pueblos Indígenas y las normas reconocidas en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
Además, los estados-nación, individual y colectivamente, deben respetar sus obligaciones relacionadas con las normas imperativas del derecho internacional, incluyendo la igualdad, la no discriminación, la prohibición absoluta de la discriminación racial y el genocidio, así como las obligaciones actuales del Estado bajo los principios del derecho internacional consuetudinario relativos al derecho a la libre determinación de todos los pueblos, incluidos los Pueblos Indígenas, y nuestros derechos a tierras, territorios y recursos; al resarcimiento y reparación; al consentimiento libre, previo e informado;
y a nuestros derechos económicos, sociales, culturales y políticos distintos.
Reafirmamos que el derecho inherente e inalienable a la libre-determinación es preeminente y una condición previa para realización de todos los derechos.
Hemos identificado cuatro temas principales que encapsulan los temas que son de mayor importancia para nosotros como Pueblos y Naciones Indígenas.
Recomendamos que cada tema general sea el tema correspondiente para cada una de las 3 mesas redondas y el diálogo interactivo que componen la sesión plenaria de alto nivel de la Asamblea General que se conocerá como la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas.
Junto con cada tema, hemos adoptado recomendaciones concretas y específicas para su inclusión en el documento final de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General que se conocerá como la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas.
Tema 1: Tierras, territorios y recursos de los Pueblos Indígenas
1. Todos los Pueblos, incluidos los Pueblos y Naciones Indígenas, tienen el derecho a la libre determinación sobre sus tierras, territorios y recursos, incluyendo el agua (1). Recomendamos que los Estados implementen este derecho, incluyendo la asignación de recursos financieros suficientes, de conformidad con sus obligaciones bajo el derecho internacional, la Carta de las Naciones Unidas y los tratados de Nación a Nación que se celebraron con los Pueblos y Naciones Indígenas;
2. Recomendamos que los Estados afirmen y reconozcan los derechos de los Pueblos y Naciones Indígenas a sus tierras, territorios y recursos naturales y que adopten medidas para reconocer jurídicamente o de otra manera aplicar plenamente estos derechos, incluido el derecho a la restitución, así como a la protección y preservación de los sitios sagrados y paisajes culturales. Además, que los Estados establezcan mecanismos que puedan fomentar de forma efectiva la aplicación de estos derechos, incluyendo la atribución de recursos financieros suficientes;
3. Recomendamos la creación de mecanismos para asegurar que los Estados obtengan el consentimiento, libre, previo e informado de los Pueblos y Naciones Indígenas antes de entrar en sus tierras y territorios y antes de reubicarlos. Las reubicaciones pasadas requieren indemnización justa y equitativa y, siempre que sea posible, la opción del regreso. En casos en los que los Pueblos Indígenas han sido desalojados por la fuerza de sus tierras y territorios ancestrales, que los Estados proporcionen una reparación inmediata que incluya indemnización y la asistencia humanitaria que sea necesaria;
4. Recomendamos que los Estados defiendan y respeten la libre determinación de los Pueblos y Naciones Indígenas que no quieren la extracción de recursos en sus tierras y territorios y que, en situaciones en las cuales ya ocurra la extracción de recursos, que los Estados desarrollen una estrategia exhaustiva a largo plazo con la participación plena, efectiva y equitativa de los Pueblos Indígenas, para lograr una extracción de recursos sostenible y equitativa, para evitar y poner fin a la extracción y contaminación industrial no sostenible, y que esta estrategia aborde la necesidad urgente de hacer una transición desde la dependencia de los combustible fósiles a infraestructuras e sistemas de energía limpia, renovable y / o gratuita. Además, que dicha estrategia incluya el fortalecimiento de la capacidad de los jóvenes indígenas, en lo que concierne a las prácticas de desarrollo sostenibles basadas en el conocimiento tradicional y en la relación con la tierra, así como la protección y promoción de la importante función de las mujeres indígenas como titulares del conocimiento tradicional.
Tema 2: La acción del sistema de las Naciones Unidas para la implementación de los derechos de los Pueblos Indígenas
1. Recomendamos la creación de un órgano de Naciones Unidas con el mandato de promover, supervisar y revisar la implementación de los derechos de los Pueblos Indígenas, incluidos pero sin limitarse a aquellos establecidos en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y que dicho órgano se establezca con la participación plena, equitativa y efectiva de los Pueblos Indígenas;
2. Recomendamos que la Asamblea General llame al establecimiento de un mecanismo internacional para supervisar, para la reparación, la restitución y la implementación de los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos entre los Pueblos Indígenas y los Estados y los Estados sucesores;
3. Recomendamos que la Asamblea General nombre a un Secretario General Adjunto para los Pueblos Indígenas para fortalecer la capacidad y los esfuerzos de las Naciones Unidas para garantizar la realización plena de los derechos de los Pueblos Indígenas, así como la inclusión y el reflejo de estos derechos en todas las actividades de las Naciones Unidas;
4. Recomendamos que todas las agencias, programas y fondos de las Naciones Unidas involucradas en actividades que tengan un impacto en los Pueblos Indígenas designen a un oficial, o un equipo de oficiales, con la responsabilidad particular de garantizar que todas esas actividades respondan y se adapten a la situación particular de los Pueblos Indígenas. Que se hagan esfuerzos para garantizar el aumento de la contratación de indígenas dentro de estas agencias y programas;
5. Recomendamos que se lleve a cabo una revisión de los procesos de nominación para los puestos con mandato de las Naciones Unidas relativos a los derechos de los Pueblos indígenas, para garantizar que los procesos sean consistentes con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y que los Pueblos Indígenas con conocimiento experto en materia de derechos de los Pueblos Indígenas sean nombrados para los órganos de supervisión de los tratados, para posibilitar la supervisión más eficaz de los derechos de los Pueblos Indígenas y el cumplimiento de las obligaciones de tratado por parte de los Estados Partes.
6. Recomendamos que se organice de forma oficial una Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre los Pueblos Indígenas.
Tema 3: Implementación de los Derechos de los Pueblos Indígenas
1. La libre determinación incluye, inter alia, el derecho y poder de los Pueblos Indígenas para negociar en igualdad de condiciones con los Estados las normas y los mecanismos que regirán las relaciones entre ellos. De este modo, recomendamos que los Estados reconozcan que la implementación del actual derecho a la libre determinación en el derecho internacional en este sentido hará una contribución significativa para evitar y / o resolver conflictos y aliviar las condiciones sociales y económicas adversas;
2. Recomendamos que los Estados, con la participación plena, equitativa y efectiva de los Pueblos Indígenas, incluidas las mujeres y jóvenes indígenas y las personas con discapacidad, desarrollen procesos para asegurar que las leyes, políticas y procedimientos locales, provinciales y nacionales cumplan con las normas internacionales, incluyendo los tratados de derechos humanos y la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; y recomendamos además que las instituciones nacionales de derechos humanos desarrollen programas específicos y mecanismos de seguimiento que se centren sobre y aborden la implementación efectiva de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas;
3. Recomendamos que los Estados realicen nuevos tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos con los Pueblos Indígenas, como medida para aplicar sus derechos de forma efectiva y para resolver los conflictos y disputas violentas, y que la implementación de todos los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos sea permanente y eficaz;
4. Recomendamos que los Estados respeten e implementen los derechos de las mujeres Indígenas, así como que refuercen la protección de las mujeres Indígenas a través de la formulación e implementación de leyes, políticas y estrategias efectivas; y que los Estados adopten medidas inmediatas, con la participación plena, efectiva y equitativa de las mujeres indígenas, para revisar y supervisar la situación de las mujeres indígenas y proporcionar informes exhaustivos sobre la violencia contra las mujeres y niñas indígenas, en especial la violencia sexual y la violencia en el contexto del conflicto armado.
5. Recomendamos que los Estados se abstengan de militarizar aún más las tierras y territorios de los Pueblos y Naciones Indígenas y que la seguridad de todos los Pueblos Indígenas se obtenga con la adopción de medidas especiales para garantizar la protección de las mujeres y los niños Indígenas;
6. Recomendamos que los Estados consulten con los Pueblos y Naciones Indígenas sobre la creación y el desarrollo de comisiones nacionales de investigación u otros mecanismos de investigación independientes, imparciales o de otra forma efectivos para documentar las cuestiones de impunidad y otras preocupaciones de los Pueblos Indígenas acerca de los derechos humanos y para asegurar la aplicación efectiva de las recomendaciones a los gobiernos para poner fin a la impunidad de violaciones de los derechos de los Pueblos Indígenas;
7. Recomendamos que los Estados proporcionen asistencia activa y que trabajen en colaboración con los Pueblos Indígenas para repatriar objetos sagrados y con relevancia cultural y los restos ancestrales.
Tema 4: Prioridades de los Pueblos Indígenas para el desarrollo (Consentimiento libre, previo e informado)
1. Las prioridades de los Pueblos Indígenas para el desarrollo se basan en el reconocimiento pleno y efectivo de sus derechos a las tierras, territorios y recursos naturales y en la conexión entre las costumbres, sistemas de creencia, valores y conocimiento tradicional. De este modo, recomendamos que la cultura se integre como un pilar en cualquier estrategia que se relacione con el desarrollo, incluidos los objetivos de desarrollo del milenio y la agenda para el desarrollo después de 2015 de las Naciones Unidas;
2. Recomendamos que los Estados defiendan y respeten el derecho de los Pueblos y Naciones Indígenas al consentimiento libre, previo e informado antes de la ejecución de cualquier actividad en las tierras y territorios de los Pueblos Indígenas;
3. Recomendamos que los Estados adopten un enfoque estratégico, con los Pueblos Indígenas, para la delincuencia y la justicia que sea informado por la recolección de datos estandarizados y desglosados y que se centre en la prevención y la desviación, así como en la protección y la rehabilitación;
4. Recomendamos que los Estados faciliten servicios, programas y políticas de salud adaptados a la cultura y de alta calidad, de los Pueblos Indígenas para los Pueblos Indígenas, que incluyan las necesidades, historias, identidades, valores, creencias, culturas, idiomas y conocimientos. Tales políticas, programas y servicios deben incluir las distintas perspectivas de las mujeres indígenas, jóvenes y personas con discapacidad y deben recibir recursos financieros suficientes;
5. Recomendamos que los Estados recojan, analicen y desglosen los datos sobre la situación de las mujeres y niñas Indígenas con el fin de elaborar y aplicar políticas públicas y legislación que aborden de mejor manera la situación de las mujeres y las niñas Indígenas;
6. Instamos a los Estados a reafirmar los derechos de los Pueblos Indígenas a su desarrollo económico, social y cultural con el debido respeto a su libertad e identidad y el reconocimiento de que el derecho al desarrollo es de procedimiento y de fondo, obligando a los Estados a garantizar que el desarrollo sea equitativo y no discriminatorio, participativo, responsable y transparente, con equidad y la elección como temas generales importantes.