El Marco de las Naciones Unidas para Proteger, Respetar y Remediar, destinado a las empresas transnacionales, siendo posterior, ignora clamorosamente la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, así como otros muchos instrumentos internacionales de derechos humanos
Bartolomé Clavero.
eldiario
Naciones Unidas viene topándose con serias dificultades para hacer valer los derechos humanos de cara a las empresas transnacionales cada vez que se lo propone. La Organización Mundial del Comercio, un organismo que no pertenece a las Naciones Unidas, le disputa competencia en asuntos de economía internacional sensibles para los derechos humanos. Hoy, cómo no, la Organización Mundial del Comercio ha adoptado con resolución el lenguaje de los derechos. Los asume como cobertura ideológica para el mantenimiento de sus políticas de defensa y promoción a ultranza de intereses mercantiles y financieros. El llamado derecho al desarrollo le da mucho de sí.
En Naciones Unidas, en 2003, la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, un organismo formado por expertos y expertas independientes, acordó unas “Normas sobre las responsabilidades de las empresas transnacionales y otras empresas comerciales” tendentes a su vinculación efectiva al respeto de los derechos humanos y al resarcimiento justo por las violaciones de los mismos.
Pacto Global, un lobby de grandes empresas en el mismo seno de las Naciones Unidas, reaccionó fuertemente en contra. En 2006, la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos desaparecía del organigrama de las Naciones Unidas. Con ella se esfumó su proyecto de normas sobre las responsabilidades de las empresas en cuanto a la promoción y protección de los derechos humanos.
En 2005, se crea en Naciones Unidas la instancia del Representante Especial del Secretario General “para la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas comerciales”.
Es nombrado para el cargo uno de los inspiradores del Pacto Global, un notorio profesor de derecho internacional cercano a los intereses empresariales transnacionales.
En 2011, cumple con su cometido formalizando ante el Consejo de Derechos Humanos una propuesta: “Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos. Puesta en Práctica del Marco de las Naciones Unidas para Proteger, Respetar y Remediar”, un documento repleto de palabrería para ocultar el cadáver de los derechos en manos de las empresas , la presa que éstas se han cobrado.
El Consejo de Derechos Humanos, organismo intergubernamental, la hace suya (“acoge con satisfacción” y “hace suyos” Principios y Marco). Comience por observarse el giro. De “los derechos humanos y las empresas” se pasa a “las empresas y los derechos humanos”, el burrito por delante para que no se espante, todo un signo.
En la línea de la Organización Mundial del Comercio, el discurso de los derechos humanos se toma con éxito en vano. Es en esta órbita que las agencias estatales de cooperación se están reconvirtiendo; la de casa, en “Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo”.
El empeño nada disimulado del Marco de las Naciones Unidas para Proteger, Respetar y Remediar es el de impedir el establecimiento de mecanismos internacionales que vinculen a las empresas transnacionales a los derechos humanos. A tal efecto, quienes se tienen por internacionalmente vinculados son tan sólo los Estados, tan a menudo débiles o serviles ante las empresas transnacionales.
En el ámbito supraestatal, éstas han de ser responsables y diligentes respecto a los derechos humanos, no verse ellas mismas directamente obligadas a proteger, respetar y remediar.
Al rendir sus funciones en 2011, el Representante Especial del Secretario General se ofrece como asesor a las empresas transnacionales, función que ya venía desempeñando profesionalmente no sólo como docente universitario, sino también como abogado en ejercicio.
En otros ámbitos a esto se le llama acertadamente la puerta giratoria, pero a veces la puerta ni existe, pues los espacios se encuentran perfectamente comunicados.
En Naciones Unidas y en relación a este asunto de las empresas transnacionales, el caso de este “representante” no es tan singular como pudiera presumirse. Las agencias de Naciones Unidas están creándose la imagen de ser como organizaciones no gubernamentales generosas y esforzadas.
La actualidad más inmediata de lo que estoy recordando se debe a la celebración, a finales de este último mes de setiembre, de la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas, unas sesiones especiales de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Conviene recordar que por territorios indígenas se conservan recursos naturales y genéticos en una abundancia perdida para el resto de una humanidad bastante depredada.
He ahí toda una biodiversidad sumamente apetitosa para las corporaciones transnacionales, en beneficio propio y de un sector de la humanidad como si lo fuera de toda ella.
En 1992, el Convenio sobre la Diversidad Biológica reconocía la importancia de ese patrimonio indígena a fin de radicar en los Estados el poder de disposición sobre los correspondientes recursos, para nada en los pueblos indígenas. Fue todo un éxito. Tal Convenio es el que ha recibido más ratificaciones de Estados después de la Convención de Derechos del Niño. En el coro de sus propagandistas abundan organizaciones no gubernamentales, incluso ecologistas.
En ese punto Naciones Unidas rectificarían . En septiembre de 2007, la Asamblea General adoptó la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, reconociéndoselos al territorio y a los recursos con las garantías autonomía hacia el interior y la consulta hacia el exterior.
Mediante la consulta, los Estados han de contar con el “consentimiento libre, previo e informado” de los pueblos indígenas para que pueda accederse a sus territorios y recursos.
Y las empresas, al igual que las iglesias, las organizaciones no gubernamentales u otras cualesquier entidades, no pueden actuar por sí mismas, ni siquiera bajo la fórmula de que consultan y acuerdan por su cuenta.
No pueden hacerlo sin que el Estado respectivo efectúe consulta y acredite.
En otro caso, de actuarse sin acuerdo indígena, se incurre en responsabilidad resarcible. La Declaración reconoce a los pueblos indígenas, como derecho de todo pueblo, el de “determinar y elaborar las prioridades y estrategias para el desarrollo” propio.
Los Estados actúan como juez y parte, pero con compromisos internacionales que intentan disciplinarlos de una forma que sigue impidiéndose para con empresas y demás.
No hay que decir que el Marco de las Naciones Unidas para Proteger, Respetar y Remediar, siendo posterior, ignora clamorosamente la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, así como otros muchos instrumentos internacionales de derechos humanos. Sus posiciones están en las antípodas.
Añádase que, mientras que el Marco es obra de una sola persona (asegura que mediante consultas que han sido de hecho primordialmente con empresas), la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas ha sido el producto de dos décadas largas de negociaciones con representantes de dichos pueblos en foros de Naciones Unidas y a través de sus procedimientos ordinarios para adoptar normas de derechos humanos con la proclamación final de la Asamblea General. Sin esto no se entiende bien ni su valor ni su contenido.
A finales de este mes de septiembre, la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas, una conferencia de los Estados miembros de las Naciones Unidas y no de dichos pueblos, acuerda reiterar el valor de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en unos términos normativos, con un lenguaje enfáticamente vinculante para sí mismas y para los Estados, lo que además responde al contenido de la propia Declaración.
Sin embargo, a continuación, entre los acuerdos de esta Conferencia Mundial, vienen admoniciones sobre la conveniencia de consultar a las comunidades locales afectadas por actividades empresariales sin tomarse en cuenta para caso alguno la exigencia de “consentimiento previo libre e informado” con la obligación aparejada de consulta por parte de los Estados.
Para esto respalda expresamente los Principios y el Marco para Proteger, Respetar y Remediar. Así, tan colateralmente, es como se les viene ahora a endosar por parte de la Asamblea General. De este modo, los derechos de los pueblos indígenas tampoco dejan de tomarse en vano. Naciones Unidas sigue derivando hacia las posiciones de la Organización Mundial del Comercio .
Aquí no se agota esta historia. Hay instancias independientes de las Naciones Unidas, las formadas por expertos y expertas, no por representantes de Estados, que están mostrando escaso entusiasmo por Proteger, Respetar y Remediar.
Y hay también Estados descontentos con la falta de apoyo de Naciones Unidas para políticas que controlen empresas transnacionales. En esta dirección, ha llegado a amagarse un bloque latinoamericano, pero una mayoría liderada por Chile, Perú, Colombia y México defeccionó.
En todo caso, un grupo de Estados de esas latitudes junto a otros africanos y asiáticos ha conseguido, a mediados de 2014, que el Consejo de Derechos Humanos acepte la puesta en marcha de un proceso para la “elaboración de un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre las empresas transnacionales y otras empresas con respecto a los derechos humanos”.
En el mismo periodo de sesiones, a mediados de 2014, el Consejo de Derechos Humanos vuelve a endosar el Marco para Proteger, Respetar y Remediar. En este punto es donde estamos.
¿Cuál es el papel de España y de Europa en toda esta historia?
Aunque no la supiera de antemano, la respuesta es seguramente presumible para quien esté leyendo.
Tanto España como Europa se alinean incondicionalmente con el Pacto y el Marco sin dejar por ello de asumir en vano, rindiéndoles homenajes de boquilla, instrumentos contrarios como la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
De cara especialmente a Latinoamérica, España se está convirtiendo en una propagandista entusiasta del Marco de las Naciones Unidas para Proteger, Respetar y Remediar.
Y no se hagan distinciones que no hay. Aquí, en España, la doblez de tal política es una constante transversal entre gobiernos socialdemócratas y gobiernos conservadores.