Feliciano Valencia. Un 14-N.
¿cuándo se aplica y cuándo se vulnera la Justicia propia de los Pueblos Indígenas?
El 14 de noviembre de 2008 se estaba desarrollando en el departamento del Cauca lo que llaman allí una Minga Social , una movilización potente y masiva para reclamar y defender Derechos ya existentes y reconocidos .
La guardia indígena detectó y detuvo al cabo del ejército Jairo Chaparral, que se había infiltrado en la Minga obedeciendo órdenes militares, y a quien se le encontraron prendas militares en la mochila , un cuaderno con instructivo de fabricación de explosivos , varios celulares y una radio de comunicación, artículos con los que pretendía ‘sembrar pruebas’ y tratar de perjudicar la protesta indicando que estaría apoyada por la guerrilla, un método que en Colombia se denomina falsos positivos judiciales.
La guardia indígena puso al militar a disposición de sus autoridades comunitarias, la comunidad lo juzgó según sus normas de justicia propia , y le impuso una sanción de 20 azotes y un baño en plantas medicinales para armonizarlo, sentencia que se le aplicó parcialmente.
Como chivo expiatorio por estos hechos Feliciano Valencia , líder indígena del pueblo nasa, fue condenado a 18 años de cárcel acusado de tortura y secuestro.
Pero si en la justicia indígena las decisiones son colectivas, ¿por qué detienen a Feliciano Valencia?¿No será más bien que esto es parte de una estrategia de sectores del Estado y de terratenientes del Cauca para intimidar a las organizaciones y bases indígenas?
Todo el proceso contra Feliciano evidencia una colisión entre la justicia ordinaria y la justicia indígena, pese a estar reconocida y asumida en teoría la segunda por los estamentos colombianos.
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) tiene ante sí razones jurídicas y fácticas de peso para liberar al líder indígena Feliciano Valencia y decretar la nulidad del proceso en su contra. Ahora que los procesos judiciales han permitido conocer mejor los hechos , queda claro que no hay motivos para desdibujar en la jurisdicción ordinaria el poder de la Jurisdicción Especial Indígena.
En el marco de la Constitución de 1991, la Jurisdicción Especial Indígena reconoce el derecho al territorio de cada pueblo, y el respeto y conservación de su cultura, usos y costumbres, y se reconocen las instituciones propias para el ejercicio del Gobierno, la autoridad y la justicia. El reconocimiento constitucional de la jurisdicción indígena fue un avance enorme en la democratización de Colombia, pues no solo le otorgó derechos de ciudadanía a quienes hasta entonces habían sido considerados “menores de edad”, sino que permitió afirmar la diversidad étnica y multicultural de la nación colombiana. Además de reconocer la deuda ética de la nación con las minorías étnicas históricamente perseguidas y marginadas.
El rol de Feliciano en el proceso de retención del militar infiltrado fue de moderador, por lo que decir que él es el autor de un secuestro, es lo mismo que juzgar el mecanismo judicial de la comunidad indígena a la que pertenece.
El 23 de mayo de este año la Procuradoría y la Fiscalía pidieron a la Corte Suprema absolver a Feliciano y anular su condena. La Corte aún no resolvió.
Trasladamos la profunda preocupación por la persecución y criminalización de la que vienen siendo objeto líderes sociales como Feliciano Valencia. Creemos que en un momento como el actual, en el que la esperanza de un acuerdo para ponerle fin a la guerra es cada vez más plausible, hechos como éstos desconocen que la paz no es solo asunto de quienes están conversando en La Habana.
El anhelo y la verdadera garantía de paz vienen justamente de eliminar este tipo de prácticas arbitrarias de persecución y estigmatización de las voces de los movimientos sociales, y de desconocimiento de los marcos legales y de la legitimidad de las expresiones de la diversidad.
LIBERTAD inmediata para Feliciano Valencia.
SOLdePaz.Pachakuti.
XII delegación asturiana entrevista a Feliciano en la finca Gualanday:
https://pachakuti.org/spip.php?article222
http://www.ivoox.com/entrevista-a-feliciano-valencia-audios-mp3_rf_10748316_1.html