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Soldepaz Pachakuti

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11 años de la Declaración

12/09/2018

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Hace 11 años la ONU aprobó la DECLARACIÓN:

Durante los años 2003 y 2004 algunas organizaciones sociales asturianas (entre ellas la Coordinadora Asturiana de ONGDs) llevaron a cabo campañas de divulgación sobre derechos de los Pueblos Indígenas, que con el lema “Derecho a Existir” pretendía informar a la población asturiana, y al tiempo solidarizarse con las aspiraciones de las organizaciones indígenas, que trataban, al calor del Decenio de Naciones Unidas, conseguir avances en una Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas, en cuya redacción y aprobación la ONU se había comprometido.

El 9 de agosto de 2003, desde la Conseyería de Xusticia y la Axencia de Cooperación se acompañó con la firma los objetivos de la citada campaña.

Concluyó el Decenio, y no fue posible la aprobación de la Declaración, por lo que la ONU decretó otro Decenio, otros diez años de trabajo especial para conseguir avanzar en la Declaración.

El año 2006, en junio, esta propuesta fue aprobada en el Consejo de DDHH de la ONU, y se posibilitó que la Asamblea General pudiera ratificarlo ese mismo año… pero se siguieron dando decisiones en contrario, zancadillas, entorpecimientos, por parte de algunos gobiernos muy beligerantes con los Derechos de los Pueblos Indios, y no fue sino hasta el 13 de septiembre de 2007 que pudo aprobarse la DECLARACIÓN.

La declaración, establece entre otras cosas que los Pueblos Indígenas tienen, como colectividades y como individuos, todos los derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos por la ONU, obligando coherentemente a los estados a adoptar las medidas apropiadas, incluso legislativas, para hacerlos vigentes en la práctica, siempre en consulta y cooperación con ellos.

Reconoce, además, el derecho de estos pueblos a su autodeterminación y a preservar y fortalecer sus diferentes instituciones políticas, legales, económicas, sociales y culturales, al tiempo que mantienen sus derechos a participar de manera plena, si así lo deciden, de la vida económica, social y cultural de los países donde viven. Los Pueblos Indígenas no serán desplazados de sus tierras y territorios por la fuerza, se prescribe en uno de los artículos. No se procederá a ningún traslado sin su consentimiento libre, previo e informado, ni sin su acuerdo previo sobre una indemnización justa y equitativa y, siempre que sea posible, la opción de su regreso.

«Los Pueblos Indígenas -se determina en otro de los artículos- tienen derecho a participar en la adopción de decisiones en las cuestiones que afecten a sus derechos, vidas y destinos, por conducto de representantes elegidos por ellos, de conformidad con sus propios procedimientos, así como a mantener y desarrollar sus propias instituciones de adopción de decisiones». Los Pueblos Indígenas tienen además derecho a las tierras, territorios y recursos que poseen, en razón de la propiedad u otra forma tradicional de ocupación o utilización, así como a la que hayan adquirido de otra forma, se ordena en otro de los artículos. «Los estados asegurarán el reconocimiento y protección jurídica de esas tierras, territorios y recursos.

Dicho reconocimiento respetará debidamente las costumbres, las tradiciones y los sistemas de tenencia de la tierra».

Si en algo hay estimación y reconocimiento unánime, es en que los Pueblos Indígenas, en general, han sabido milenariamente relacionarse con la naturaleza, con el medio, de forma armoniosa y respetuosa. Hasta el punto de tener como referencia, como expresión de ese respeto, a manera de dioses o seres superiores con los que conversar, a los ríos, las montañas, la selva, el sol o la luna, la Pachamama o Madre Tierra.

También en que, para defender a la Madre Tierra de la depredación impuesta por otros valores occidentales menos respetuosos, han conseguido desarrollar resistencias y rebeldías, que han logrado hacer pervivir CULTURAS Y PROPUESTAS DE VIDA hasta el presente, y que forman parte decidida de un futuro diferente para la humanidad.

La Declaración fue aprobada, los países que en 2007 votaron en contra o se abstuvieron, fueron posteriormente cambiando su postura y la asumieron (EEUU, Australia, Nueva Zelanda, Canadá), de manera que el consenso era muy amplio, como para que SE empezara a CUMPLIR..

Posteriormente la ONU celebró la única Conferencia Mundial que se ha realizado sobre el tema, en 2014, como un momento de reflexión y análisis sobre la Declaración.

Y el año pasado por aquello del número redondo 10, también se produjeron eventos de valoración.

Hace pocos días la Relatora especial para asuntos indígenas enviaba una Carta a los gobiernos del mundo ( 347 ) como síntesis de las preocupaciones por lo que está ocurriendo con el mundo indígena. “A menudo, el sector privado actúa en complicidad con los gobiernos para desplazar a los pueblos indígenas de sus tierras por cualquier medio necesario para dar paso a proyectos de infraestructura, agricultura, minería y de extracción.” Y se hace eco del aumento de los crímenes contra defensoras de la naturaleza, la mayoría de los cuales pertenecen a comunidades indígenas.

La señora Relatora ha valorado que la expansión de industrias extractivistas, del agronegocio y de los «megaproyectos» de desarrollo e infraestructura han invadido reservas y aún permanecen como las principales amenazas para los pueblos indígenas. La relatora afirmó que la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas enfrenta serios obstáculos para proteger las poblaciones tradicionales en el mundo.

Asimismo el movimiento indígena ha logrado aportar algunos elementos más concretos a los llamados ODS, contrariamente a lo que ocurrió con los ODM: aportes que confluyen en la importancia de la cosmovisión y prácticas indígenas para con el cuidado de la naturaleza y contra el cambio climático, que supuestamente orienta la Agenda 2030. (*)

Contradicción tan flagrante, el que los pueblos y nacionalidades indígenas hagan tanto esfuerzo y aportación al resto del mundo, y que las corporaciones empresariales acentúen la criminalización de sus liderazgos y se aumente el exterminio, para favorecer el extractivismo, es, sin duda, la piedra angular del cumplimiento de la Declaración, que, como ha indicado varias veces la Relatora especial, los gobiernos nacionales tienen la misión y obligación de implementar .

En Asturias, el ciclo inicial positivo se interrumpía en 2011, y desde entonces la Estrategia asturiana de cooperación con los pueblos indígenas ( 124 ) y el Observatorio derivado de ella siguen a la espera de cumplimientos.

Los pequeños pronunciamientos del parlamento asturiano, ( 221 ) a instancias de pachakuti, no han tenido ni la fuerza ni la voluntad expresa de inducir al ejecutivo a cumplir con esos compromisos marcados en su día por unanimidad, por lo que ahora, con nuevo director en la Axencia, con renovado reconocimiento del papel central de los pueblos originarios en la preservación del planeta, sigue siendo urgente y perentoria una implicación institucional para acompañar las demandas de estos pueblos y emprender camino común para hacer posible cumplir la Declaración.


(*) En estos momentos de crisis civilizatoria, los Pueblos Indígenas nos trasladan el concepto del Buen Vivir o Vivir Bien, que es todo lo contrario del vivir mejor del que nos auto-influenciamos en la propaganda consumista.
El Buen Vivir es un concepto milenario, de vida en armonía plena con el entorno, el resto de los humanos y el resto de seres naturales, incluyendo ríos, montañas, nevados, selvas.. y está presente en casi todas las Culturas diversas, y ricas, que dan Vida a los Pueblos Indígenas en todos los Continentes.

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Categorías: Derechos, Miradoriu

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Colectivo internacionalista en aras de la transformación social.
✊ 27 años de militancia.
🛖 Acompañamiento a los pueblos y movimientos indígenas.

El ataque armado contra un buque humanitario no pu El ataque armado contra un buque humanitario no puede desvincularse de los graves crímenes, atroces y sistemáticos, realizados por Israel contra la población de Gaza, que reúnen los elementos definitorios de los crímenes contra la humanidad, crímenes de guerra (como en relación con ambas categorías ha dejado claro la Corte Penal Internacional, a través de sus órdenes de arresto ya emitidas contra el primer ministro israelí, B. Netanyahu y el ex ministro de Defensa, Y. Gallant) y el crimen de genocidio. 

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